Robert J. DeBry and Associates ofrece cascos de bicicleta a bajo precio a través de la campaña «Save a Life» para la seguridad en el uso del casco. Todos los cascos cuestan 10 dólares, tanto para adultos como para niños, cumplen con la norma federal de seguridad para cascos de bicicleta y cada uno viene acompañado de un folleto gratuito sobre seguridad en bicicleta. Puedes recoger el tuyo en nuestra oficina de Sandy, situada en 45 West Sego Lily Drive, Suite 401.
Puedes recogerlo en nuestra oficina de Sandy, en el 45 de West Sego Lily Drive, oficina 401.
El coste no debería ser la razón por la que un niño no lleve casco. Robert J. DeBry and Associates organiza la campaña de seguridad «Save a Life Helmet» para que las familias de Utah puedan adquirir un casco de bicicleta homologado por 10 dólares, en lugar de pagar el precio de venta al público. Los cascos están disponibles en nuestra oficina de Sandy, a poca distancia en coche de Salt Lake City, y todos ellos cumplen la norma federal de seguridad para cascos de bicicleta.

Pásate por la oficina de Sandy durante el horario de atención al público y solicita un casco de la campaña «Save a Life» para la seguridad en el uso del casco. Trae el importe correspondiente al casco que necesites y podrás llevártelo a casa ese mismo día, junto con un folleto gratuito sobre seguridad en bicicleta.
Robert J. DeBry and Associates, oficina de Sandy
45 West Sego Lily Drive, Suite 401
Sandy, UT 84070
Horario de atención al público: de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00
Teléfono: 801-888-8888
Los cascos se guardan en la oficina de Sandy, así que ahí es donde tienes que acudir. Llama al 801-888-8888 antes de venir si quieres consultar las tallas y la disponibilidad, o envíanos un mensaje y alguien se pondrá en contacto contigo.
En Utah se tratan de forma muy diferente los cascos de bicicleta y los cascos para vehículos motorizados, y la línea divisoria entre ambos es precisamente donde surge la mayor parte de la confusión. Esto es lo que dice realmente la ley.
En Utah no existe ninguna ley que obligue a llevar casco en las bicicletas de propulsión humana, independientemente de la edad. La parte 11 del Código de Tráfico de Utah regula en detalle el uso de las bicicletas, desde la posición en el carril hasta la iluminación y las señales de giro, y no incluye ningún requisito relativo al casco. Las ordenanzas municipales pueden establecer normas adicionales sobre dónde y cómo circular en bicicleta, por lo que conviene consultar la normativa vigente en la zona por la que circulas, pero no existe ninguna obligación a nivel estatal. No llevar casco es una decisión relacionada con la seguridad, no una infracción legal.
Esta es la parte que la mayoría de los usuarios pasan por alto. Según el artículo 41-6a-1505 del Código de Utah, las personas menores de 21 años no pueden conducir ni circular por una carretera en una bicicleta con asistencia eléctrica, un patinete con motor, un vehículo eléctrico de alta potencia o un autociclo que no esté totalmente cerrado sin llevar casco protector. La ley establece una excepción para las bicicletas con asistencia eléctrica de clase 1 o los patinetes con motor alquilados a una empresa o entidad jurídica.
La norma sobre cascos para esos vehículos es la 16 C.F.R., parte 1203, la norma federal sobre cascos de bicicleta. Se trata de la misma certificación de la Comisión de Seguridad de Productos de Consumo que llevan los cascos de la campaña, por lo que un casco de este programa cumple con los requisitos para los usuarios menores de 21 años que circulen en bicicleta eléctrica o patinete.
La misma ley se aplica a las motocicletas. Los conductores y pasajeros menores de 21 años deben llevar un casco protector que cumpla con la norma federal para motocicletas, 49 C.F.R. 571.218, más conocida como la norma DOT. Los motociclistas de 21 años o más no están obligados a hacerlo. Encontrarás más detalles en nuestra página sobre la ley de cascos para motociclistas de Utah.
Una infracción es una falta. La multa tiene un límite máximo de 25 dólares para las bicicletas eléctricas o los patinetes con motor, y de 110 dólares para las motocicletas o los vehículos eléctricos de alta potencia. La ley también exime del pago de 8 dólares de la multa en caso de infracción de tráfico en marcha cuando el conductor tenga 21 años o más y lleve un casco homologado, aunque dicha exención no se aplica a las infracciones por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas.
En el caso de los vehículos mencionados en el artículo 41-6a-1505 del Código de Utah, la ley ofrece una protección excepcional a los ocupantes lesionados. El hecho de no llevar casco protector no constituye negligencia contributiva ni comparativa, y no podrá presentarse como prueba en un litigio civil en relación con la negligencia, las lesiones o la mitigación de los daños.
Esa cobertura está pensada para motocicletas, bicicletas con asistencia eléctrica, patinetes con motor, dispositivos eléctricos de alta potencia y autociclos abiertos. No se aplica a las bicicletas tradicionales de pedales, ya que en este caso no existe la obligación de llevar casco a la que se pueda vincular. En el caso de una bicicleta normal, un perito de seguros puede, no obstante, sacar a colación el hecho de no haber llevado casco durante las negociaciones para llegar a un acuerdo.
Utah también aplica una norma de culpa comparativa modificada, que reduce la indemnización en la proporción correspondiente a la culpa de la persona lesionada y la excluye por completo si dicha culpa supera el 50 %. Esa es la baza a la que recurre la aseguradora. Esto no exime de responsabilidad al conductor negligente, por lo que conviene que se revisen los hechos de tu propio accidente en lugar de aceptar la primera valoración que ofrezca el perito. Nuestros abogados especializados en accidentes de bicicleta en Utah se encargan de estas reclamaciones.
La campaña se ha puesto en marcha debido a las consecuencias que tienen los traumatismos craneales para los ciclistas y porque el casco es la única medida de protección sobre la que el ciclista tiene control real.
Los hábitos que se adquieren desde pequeños suelen mantenerse. Un niño que crece acostumbrado a llevar casco tiene muchas más probabilidades de seguir llevándolo de adulto, y por eso el programa fija el precio de cada casco de tal forma que cualquier familia pueda aceptarlo sin pensárselo dos veces.
Encontrarás más información sobre las cifras y el ajuste en nuestra guía sobre seguridad con el casco de bicicleta y prevención de lesiones en Utah. La Oficina de Seguridad Vial de Utah publica las normas de tráfico estatales para ciclistas.
No en una bicicleta convencional. En Utah no existe ninguna ley estatal que obligue a llevar casco en una bicicleta impulsada por la fuerza humana, independientemente de la edad. Los usuarios menores de 21 años sí están obligados a llevarlo en una bicicleta con asistencia eléctrica, un patinete con motor, un vehículo eléctrico de alta potencia, un autociclo abierto o una motocicleta, según lo establecido en el artículo 41-6a-1505 del Código de Utah.
En la oficina de Robert J. DeBry and Associates en Sandy, situada en 45 West Sego Lily Drive, Suite 401, Sandy, UT 84070, durante el horario de atención al público, de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00. Los cascos se encuentran disponibles en la oficina de Sandy, por lo que ese es el lugar al que debes acudir. Llama al 801-888-8888 para comprobar primero la disponibilidad.
Cada casco cuesta 10 dólares, tanto para adultos como para niños. Todos ellos cuentan con la certificación de la Comisión de Seguridad de Productos de Consumo y cada uno viene acompañado de un folleto gratuito sobre seguridad en bicicleta.
Sí. Las personas menores de 21 años deben llevar un casco protector para conducir o ir de pasajero en una bicicleta con asistencia eléctrica en la vía pública, salvo que se trate de una bicicleta con asistencia eléctrica de clase 1 alquilada en un establecimiento comercial. El casco debe cumplir la norma federal sobre cascos de bicicleta, 16 C.F.R. Parte 1203, que es la misma norma que cumplen los cascos de la campaña.
En moto, bicicleta eléctrica o patinete, no. El artículo 41-6a-1505 del Código de Utah establece que el hecho de no llevar casco no constituye negligencia contributiva ni comparativa y no puede presentarse como prueba en un litigio civil. En el caso de una bicicleta convencional, no existe ninguna prohibición legal, por lo que la aseguradora puede alegarlo en las negociaciones para llegar a un acuerdo. La importancia que esto tenga dependerá de los hechos, por lo que conviene que un abogado examine tu caso antes de hablar con el perito.
Esta es información general, no constituye asesoramiento jurídico. Ponerse en contacto con Robert J. DeBry and Associates o enviar un formulario no da lugar a una relación abogado-cliente.
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